Dentro del marco de la propuesta de neutralidad de red propuesta en el Unión Europea, una de las iniciativas más interesantes que se aprobó fue la de la eliminación de la itinerancia de datos en países pertenecientes a la Unión Europea, es decir, usar la tarifa de datos en otro país de la UE sin coste adicional. Una idea muy bonita pero que esconde una letra pequeña que es importante conocer.
En el reciente borrador que acaba de publicar la Comisión Europea sobre la abolición de la itinerancia de datos (que tiene que ser votado para que entre en vigor), se puede leer que existe un límite de 90 días al uso libre de la itinerancia en un país diferente al de residencia, con un máximo de 30 días de uso continuado. Si se supera este límite, la operadora podrá comenzar a cobrar al usuario la tarifa de itineracia que tenga establecida.
Antes que de todo el mundo levante su puño airado, en el mismo documento la Comisión explica el por qué de esta limitación. Sencillamente se impone este límite ya que la Unión Europea establece que tras una estancia de 30 días, tiempo suficiente para hacer una larga visita de negocios o 90 días en caso de vacaciones, los países miembros pueden considerar que se está residiendo en el país y por tanto se debería contratar una línea telefónica en el nuevo país.
Esto se hace para evitar abusos por parte de los usuarios, los cuales podrían contratar líneas en países con rentas menores (y por lo general, más baratas), mientras que residen y ganan dinero en otros países. A esta regla se aplicaría una excepción, y son aquellos ciudadanos que cruzan la frontera diariamente para trabajar, los cuales estarán exentos de la limitación.
Fuente: Comisión Europea.